Secreto médico: confidencialidad e intimidad
Medical secret: confidentiality and intimacy

Rev. sanid. mil; 53 (2), 1999
Publication year: 1999

En cuanto a secreto, hay tres clases: Secreto Natural, Secreto Prometido y Secreto Pactado, y el Secreto médico nace de la relación médico-paciente y/o con otras personas, dado que la relación médico-paciente es un Contrato Tácito, legitimándose con la receta expedida por el médico, y con el expediente clínico, médico, ético y legal. Además está tutelado en el Código Penal en los artículos 210 y 211 En lo que respecta a confidencialidad, el paciente es el titular de la confidencia, en tanto el médico es el depositario y por lo tanto confidente, y queda como secreto entre ellos. No existe conforme a Derecho algo que lo tutele. Intimidad debe girar entre dos polos, que son: la intimidad y la comunicación, pues no puede existir vida personal sin encuentro interpersonal. En el Código Penal no está tutelado con el nombre de intimidad, sino como daño moral a la vida privada, Artículo 1916, y a nivel internacional en la Declaración Universal de los Derechos Humanos en el Artículo 12

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