Rehabilitación física con telemedicina durante la pandemia COVID-19

Publication year: 2020

CONTEXTO CLÍNICO:

La enfermedad por el Coronavirus 2019 (COVID–19, por su sigla en inglés Coronavirus Disease 2019) es una enfermedad respiratoria de humanos producida por un nuevo coronavirus identificado con la sigla SARS-CoV-2.1 El 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaro la COVID-19 como una pandemia, y en Argentina se registraron hasta el momento 6.034 casos y 305 fallecidos (6,7 fallecidos/millón de habitantes). En Argentina, el 31 de marzo comenzó el aislamiento social, preventivo y obligatorio, con aislamiento estricto hasta el 13 de abril, aislamiento administrado desde el 13 al 26 de abril y con segmentación geográfica desde el 26 de abril hasta la actualidad. Durante todo este período se han restringido las consultas y procedimientos médicos no urgentes con el objetivo de evitar el contagio de la población y del personal sanitario, así como también de aumentar la capacidad de respuesta del sistema de salud ante la pandemia. Uno de los efectos adversos del aislamiento y de la restricción de procedimientos electivos es la potencial discontinuación de tratamientos crónicos, dentro de los cuales se encuentra la rehabilitación física. Esto ha generado un impulso a la tele-asistencia para la atención y seguimiento de los pacientes, particularmente de aquellos con patologías crónicas. Se postula el uso de tele-asistencia kinesiológica de patologías durante la pandemia COVID-19 como alternativa durante las restricciones vigentes y para disminuir el riesgo de exposición de los pacientes y el personal de salud.

TECNOLOGÍA:

La telemedicina, que se incluye dentro de un concepto más amplio denominado telesalud, se define como “la prestación de servicios de atención de salud, por todos los profesionales de salud que utilizan tecnologías de la información y comunicación para el intercambio de información válida para el diagnóstico, tratamiento y prevención de las enfermedades y lesiones, la investigación y la evaluación, y para la educación continua de proveedores de atención de salud, para la promoción de la salud de los individuos y sus comunidades.” A su vez, la teleconsulta se define como la comunicación a distancia entre dos o más integrantes del equipo de salud (a menudo entre médicos de atención primaria y especialistas), o entre un proveedor de salud y el paciente, utilizando las tecnologías de la información y comunicación. La teleconsulta sincrónica hace referencia a la forma de comunicación que sucede en tiempo real, habitualmente con transmisión de audio y video de manera simultánea (ej. videoconferencia).

OBJETIVO:

El objetivo del presente informe es evaluar la evidencia disponible acerca de la eficacia, seguridad y aspectos relacionados a las políticas de cobertura del uso de rehabilitación física con telemedicina para distintas patologías.

MÉTODOS:

Se realizó una búsqueda en las principales bases de datos bibliográficas, en buscadores genéricos de internet, y financiadores de salud. Se priorizó la inclusión de revisiones sistemáticas (RS), ensayos clínicos controlados aleatorizados (ECAs), evaluaciones de tecnologías sanitarias (ETS), evaluaciones económicas, guías de práctica clínica (GPC) y políticas de cobertura de diferentes sistemas de salud.

RESULTADOS:

Se incluyeron, seis RS, dos ECAs con evaluaciones económicas, cinco recomendaciones y cuatro políticas de cobertura.

CONCLUSIONES:

Evidencia de baja calidad sugiere que la rehabilitación física con telemedicina no sería menos efectiva que la rehabilitación presencial o los cuidados usuales sin rehabilitación. Existe gran variabilidad en las técnicas de tele-rehabilitación empleadas, incluyendo al teléfono, la videoconferencia, realidad virtual y programas de internet. Las sociedades científicas sobre rehabilitación física de Estados Unidos, Canadá, Australia y Reino Unido recomiendan el uso de tele-rehabilitación durante el aislamiento por COVID-19. La Superintendencia de Servicios de Salud de Argentina recomienda que, durante el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” por la pandemia COVID-19, los financiadores de la seguridad social y privados deberán implementar y fomentar el uso de teleasistencia y/o teleconsulta, a fin de garantizar las prestaciones de demanda esencial. Los financiadores públicos y privados de Estados Unidos cubren la tele-rehabilitación, mientras que el sistema de salud público de Australia no lo hace.(AU)

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