Emergencias frecuentes en Odontología

Publication year: 2021

La Organización Mundial de la Salud (OMS), el pasado 11 de marzo de 2020 emitió alerta mundial debido a la propagación del SARS-CoV-2, un virus altamente contagioso que se presentó por primera vez en diciembre de 2019 en Hubei, Wuhan, República Popular de China. Con el propósito de proteger la salud de la población, el gobierno de El Salvador implementó “Medidas Extraordinarias de Prevención y Contención para declarar al territorio Nacional como zona sujeta a Control Sanitario, con el fin de Contener la Pandemia de COVID-19”. El Órgano Ejecutivo en el Ramo de Salud anunció dichas medidas el 21 de marzo de 2020 a través del decreto No.12, lo que indica la suspensión de las consultas odontológicas privadas y públicas que no sean emergencia1,2. En el Decreto Ejecutivo No. 12, Artículo 3, literal h2, se hace mención a las excepciones y casos de emergencias y otros relacionados estrictamente con la salud. El decreto custodia por la vida e integridad de la población y en todo su contenido expresa el cuido de las poblaciones vulnerables y que ameritan seguimiento a necesidades prioritarias en salud; tal es el caso de las Emergencias en Odontología, las cuales si no son atendidas de forma oportuna pueden derivar en complicaciones sistémicas en detrimento del sistema inmunológico aumentando el riesgo de letalidad de las personas, independientemente al grupo etario al que pertenezca. En concordancia con el decreto ejecutivo, la Junta de Vigilancia de la Profesión Odontológica (JVPO) a través del Consejo Superior de Salud Pública (CSSP), emite un comunicado de prensa el 24 de marzo en el cual hace una aclaración a los profesionales de la odontología y al público en general, indicando que durante la cuarentena domiciliar se podrán realizar procedimeintos odontológicos exclusivamente de emergencias3.

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