Emergencias frecuentes en Odontología
Publication year: 2021
La Organización Mundial de la Salud (OMS), el pasado 11 de marzo de 2020 emitió alerta mundial
debido a la propagación del SARS-CoV-2, un virus altamente contagioso que se presentó por
primera vez en diciembre de 2019 en Hubei, Wuhan, República Popular de China. Con el propósito
de proteger la salud de la población, el gobierno de El Salvador implementó “Medidas
Extraordinarias de Prevención y Contención para declarar al territorio Nacional como zona sujeta
a Control Sanitario, con el fin de Contener la Pandemia de COVID-19”. El Órgano Ejecutivo en el
Ramo de Salud anunció dichas medidas el 21 de marzo de 2020 a través del decreto No.12, lo que
indica la suspensión de las consultas odontológicas privadas y públicas que no sean emergencia1,2.
En el Decreto Ejecutivo No. 12, Artículo 3, literal h2, se hace mención a las excepciones y casos de
emergencias y otros relacionados estrictamente con la salud. El decreto custodia por la vida e
integridad de la población y en todo su contenido expresa el cuido de las poblaciones vulnerables y
que ameritan seguimiento a necesidades prioritarias en salud; tal es el caso de las Emergencias en
Odontología, las cuales si no son atendidas de forma oportuna pueden derivar en complicaciones
sistémicas en detrimento del sistema inmunológico aumentando el riesgo de letalidad de las
personas, independientemente al grupo etario al que pertenezca. En concordancia con el decreto
ejecutivo, la Junta de Vigilancia de la Profesión Odontológica (JVPO) a través del Consejo Superior
de Salud Pública (CSSP), emite un comunicado de prensa el 24 de marzo en el cual hace una
aclaración a los profesionales de la odontología y al público en general, indicando que durante la
cuarentena domiciliar se podrán realizar procedimeintos odontológicos exclusivamente de
emergencias3.