Normas mínimas de atención para centros que dan servicios a personas con problemas derivados del consumo de sustancias adictivas: acuerdo ministerial No. SP-M-1152-2006

Publication year: 2006

Enfocado a los establecimientos que vayan a cuidar de personas con problemas de adicción. En la primera parte describe una serie de normas, mientras que en la segunda, el acuerdo propiamente dicho. Esta normativa es el resultado de una propuesta de diferentes sectores que en el 2005 se unieron para su elaboración. La idea general es el mejoramiento de los servicios, más que utilizarla como una meta en sí misma. Dado el incremento de las personas en el consumo de drogas ilícitas y las diversas consecuencias personales, familiares, sociales y particularmente en el sistema de salud, hubo un incremento de instituciones para atender esta demanda, cada una con una propuesta y método distinto. Por todo ello se hacía necesario elaborar y proponer una normativa que normalizada la calidad de los servicios de cada una de estas instituciones; estas son tan solo las reglas mínimas para la atención al usuario, la calidad e incremento de estos estándares dependerá de cada institución.

Incluye:

normas generales, de oferta de servicios, de tratamiento, sobre el ingreso, egreso, referencia y seguimiento; sobre el derecho del usuario, aspectos físicos del centro, normas sobre el personal. Contiene además, las definiciones de los conceptos relacionados al tema principal, además de la infraestructura que deberá tener cada centro, incluidos el equipo y recurso humano y técnico. Dentro del acuerdo, hay una descripción de las categorías que pueden tener los centros de rehabilitación.

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