Laboratorio de diagnóstico clínico y/o de vigilancia epidemiológica: norma técnica No. 22-2019-DRACES

Publication year: 2019

La tinta del documento está bastante opaca. DRACES [Departamento de Regulación, Acreditación y Control de Establecimientos de Salud] Este documento tiene como objeto: “la regulación, autorización y control de los laboratorios de diagnóstico clínico y/o de vigilancia epidemiológica, en concordancia con el Reglamento para la Regulación, Autorización, Acreditación y Control de Establecimientos de Atención para la Salud, Acuerdo Gubernativo 376-2007.” Es de carácter obligatorio, por lo que se aplica tanto al sector público, privado, social o subsector de la seguridad social, en todo el territorio nacional. Contiene además, las definiciones de los conceptos relacionados al tema principal, además de la infraestructura que deberá tener cada clínica, incluidos el equipo y recurso humano y técnico. En el capítulo II, incluye una clasificación del nivel de laboratorios, describiendo sus características, servicios, horarios, materiales técnicos y equipos.

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